¿Los instrumentos de
implementación de la política de diálogo del pacto fiscal contribuyeron al
proceso de autonomía?
Higueras Saavedra M.
Introducción:
En un sistema de
administración de Estado Plurinacional con autonomías que se lleva en Bolivia,
se evidencian frecuentes conflictos de operatividad de las políticas públicas
(planes, programas, proyectos), limitaciones en la gestión pública por la poca
claridad que establece la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD) en el sistema competencial que asigna
responsabilidades a los gobiernos departamentales, pero cuya administración
económica financiera se ejerce desde el gobierno central, ya que los gobiernos
departamentales no tienen autonomía plena para decidir la distribución de sus recursos.
Siendo estas las condiciones
de gobernanza adversas a la consolidación de un Gobierno Departamental
Autónomo, que retrasan el desarrollo local, la implementación del pacto fiscal
fue una esperanza para avanzar en el proceso de mayor autonomía del gobierno
departamental y de mejor distribución de los ingresos captados por el Tesoro
General de la Nación (TGN), pero concluido el proceso de diálogo del pacto
fiscal en Chuquisaca, uno se queda con interrogantes de cuán provechoso fue
este proceso para el departamento y sus aspiraciones de autonomía y de
desarrollo local, sobre la adecuación o pertinencia de los instrumentos de
implementación del pacto fiscal con sus objetivos y con los objetivos
departamentales, en torno a los factores que condicionaron la participación de
la sociedad civil en el diálogo y finalmente en cuanto al aprendizaje que se
pueda rescatar de esta experiencia para futuras participaciones de
implementación de políticas públicas.
El
espacio de la política pública del pacto fiscal viendo entre el número de
agencias y el número de programas es simple, porque intervienen solo una
agencia departamental y un programa de implementación del pacto fiscal; sin
embargo, analizando la dimensión sectorial de participantes de la sociedad
civil y de la sociedad política es amplia, al igual que los instrumentos
técnicos manejados para la comprensión del tema fiscal y posterior
concertación, aspectos que definen el espacio complejo y amplio de la política pública del pacto fiscal.
Hay
baja coherencia entre medios y fines en la implementación del pacto fiscal en
el departamento de Chuquisaca, porque mientras por un lado los instrumentos
sustantivos a nivel normativo definen el pacto fiscal como un proceso de
concertación, de acuerdo, entre los niveles de gobierno central y
departamental, con participación ciudadana, a nivel de los instrumentos
procedimentales, tales como la definición de la metodología y la agenda de
participación limitan la participación ciudadana y no se orientan a concertar
un acuerdo de distribución equitativa de los recursos fiscales, por lo que el
pacto fiscal no contribuye a las aspiraciones de consolidar la autonomía
departamental.
Hay
poca consistencia interna entre los instrumentos sustantivos, por cuanto la
misma normativa (autoridad) que define el pacto fiscal como diálogo y
concertación de una distribución de buen uso de los recursos fiscales con
participación ciudadana, pero luego los instrumentos de organización terminan
aprobando una metodología y una agenda que restringe la participación
ciudadana, y hay inconsistencia entre los instrumentos sustantivos y los
instrumentos procedimentales, por cuanto los aspectos sustantivos esenciales
del pacto fiscal en lo operativo son contradictorios, como en el caso de la
participación, los recursos de tesoro limitados y la falta de logro de los
objetivos del pacto fiscal y del proceso autonómico departamental.
Los
factores de participación no fueron favorables para una participación de
calidad de los actores de la sociedad civil, pese a que existen factores de
existencia y funcionalidad favorables a una buena participación de las
instancias de la sociedad civil, como la disposición y capacidad de
participación y proposición como lo muestran las propuestas realizadas por
algunas instancias de las sociedad civil, sin embargo, esta participación no
fue de calidad porque se encontraron con limitaciones en cuanto a la
pertinencia del diálogo. “no hay intención de implementar las autonomías, pero
tampoco desde el nivel central”.
Comentarios a los acuerdos
resultado del Pacto Fiscal
MANDATOS
Y ALTERNATIVAS DE FINANCIAMIENTO
En el marco
del Proceso de Diálogo del Pacto Fiscal, a continuación se enlistan las
alternativas de financiamiento relacionadas al debate generado en la Etapa 5
– Análisis de las fuentes de recursos públicos
|
COMENTARIOS
|
1) Los resultados de la Etapa 5 – Análisis de las Fuentes de
Recursos Públicos son de aplicación gradual y progresiva, con base en los
avances de las Comisiones Técnicas.
|
Los "RESULTADOS" de la Etapa 5, fruto de la metodología son
demandas y problemáticas o ideas de proyectos mal planteados por los
departamentos.
|
2) Análisis de la distribución
competencial y las responsabilidades derivadas de éstas, en diferentes
materias donde no existe claridad suficiente, en especial compartidas y
concurrentes (Ejemplo: Salud,
transporte, coincidente con los resultados de la Etapa 4).
|
Dejaron la tarea de "ANÁLISIS" al nivel central.
No las aclararon ni las definieron como estaba previsto.
|
3) Establecimiento de mecanismos
de articulación entre las agendas
productivas y sociales de la Etapa 3, la agenda de cambios normativos
e institucionales establecidos en la Etapa 4 y el debate de la Etapa 5 de
Análisis de las Fuentes de Recursos Públicos.
|
Hace 50 años o más que las ahora
ETAS no logran "ARTICULACIÓN
ENTRE LAS AGENDAS PRODUCTIVAS", quedaron en dar la receta con
mecanismos.
|
4) Análisis de la sostenibilidad
de los programas nacionales de inversión destinados a la reducción de la
pobreza (Ejemplo: Bolivia Cambia,
Mi Agua, Mi Riego, Vivienda, Fondo de Desarrollo Indígena-FDI), en
concertación con las entidades territoriales autónomas, ETA.
|
Las Entidades Territoriales Autónomas
ANALIZARAN
los programas del nivel central del estado y su SOSTENIBILIDAD. Se olvidaron de las competencias exclusivas de
los ETAs.
|
5) Establecimiento de una
política estatal destinada al desarrollo de áreas urbanas, ciudades y
metrópolis, a través de fondos financieros, fideicomisos, acceso a crédito y
donaciones, entre otros mecanismos.
|
Ninguna novedad es lo que se
hace actualmente y las ETAs tienen mayores competencias exclusivas. Mayor
tendencia a centralismo.
|
6) Agilización de los Consejos de Coordinación Sectorial
establecidos como resultado de la Etapa 4 – Asignación e Inversión Efectiva
de Recursos.
|
En la época de corporaciones,
prefecturas en el caso de los departamentos y actualmente hay consejos
sectoriales insulsos. Distracción administrativa centralista.
|
7) Generar mecanismos para el
establecimiento de asociaciones público-privadas para la implementación de
emprendimientos productivos entre los distintos niveles de Gobierno y el
sector privado.
|
¿...? Es competencia exclusiva
de los ETAS los acuerdos intergubernamentativos y con privados actualmente.
|
8) Establecer una asignación
porcentual progresiva y administrada por los diferentes niveles de Gobierno
para destinar recursos a la niñez, adolescencia y mujer, con el fin de construir,
priorizando a la mujer y a la adolescencia y niñez para reducir las brechas
de desigualdad y asimetrías.
|
Es un acierto en el nivel de
presupuestos diferenciados, como se lo plantea continua fortaleciendo un
nivel paternalista de decisiones del nivel central para los ETAs.
|
9) Establecer una asignación
porcentual de los beneficios de los recursos naturales para las autonomías
indígena originario campesinas, con el fin de reducir brechas de desigualdad.
|
Profundización de RENTISMO y clientelismo
ahora en el nivel indígena originario sobreponiéndose a la autodeterminación,
autonomía y procedimientos propios
|
10) En el caso de las autonomías
indígena originario campesinas, asignar las regalías como establecen los
artículos 276 y 353 de la CPE. CNA/Resolución N° 009/2017
|
¿...? denota que el nivel
central no cumple las normativas de asignación de presupuestos provenientes
de la explotación.
|
11) En el caso de la Autonomía
Regional, acceso a los créditos y empréstitos internos y externos, así como
el análisis de la factibilidad de contar con dominios tributarios regionales.
|
Se trata de una competencia establecida
en la Constitución Política del Estado para las autonomías regionales.
|
12) Analizar la posibilidad de
participación de las entidades territoriales autónomas en proyectos de
inversión estratégica del nivel central del Estado.
|
Posicionamiento centralista
cuando quieren "ANALIZAR LA
POSIBILIDAD" de proyectos de impacto establecidos en la Constitución
Política del Estado como régimen de competencias.
|
13) Tasas y contribuciones
especiales en las entidades territoriales autónomas, a partir del establecimiento
de una mesa técnica de análisis.
|
Exigen a los ETAs a creación de
nuevos impuestos. En el nivel de tasas y contribuciones.
|
14) Establecimiento de espacios
de coordinación intergubernamentales para la participación de los gobiernos
autónomos departamentales en el control y fiscalización de recursos naturales
relacionados a la minería y forestales (la especificidad de las materias
requiere de espacios de coordinación).
|
Las normativas de desarrollo de
la Constitución Política del Estado establecen un sin fin espacios de "COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTALES"
que sus acciones hasta la actualidad han sido insulsos en decisiones de
minería y forestales. ¿Para qué más?
|
15) Analizar en una mesa técnica
la modificación del Art. 10 de la Ley N° 3302 y su viabilidad para la
transferencia al nivel central del Estado del costo del Bono de Vacunación y
del prediario de los privados de libertad sin sentencia.
|
Una acción que no requería estar
en un acuerdo de "PACTO FISCAL".
|
16) Coordinar acciones entre el
nivel central del Estado y las ETA destinadas a ampliar la base tributaria, disminuir los niveles de morosidad
mediante la generación de propuestas normativas que mejoren las recaudaciones
y hacer más eficiente la administración de la política fiscal.
|
Más impuestos para la población
al "AMPLIAR LA BASE TRIBUTARIA", además para una política fiscal
centralizada.
|
17) Inversión prioritaria de
recursos del Fondo Indígena en programas y proyectos de las entidades
territoriales autónomas, incluyendo aquellos destinados al fortalecimiento de
la economía comunitaria, para lo cual se requiere coordinación con las
autoridades competentes, priorizando a las autonomías indígena originario
campesinas.
|
"INVERSIÓN
PRIORITARIA", antes de reingeniería del sistema de fondo indígena por
los niveles de corrupción. Aquí se asume como proyecto cuando el ejecutivo
nacional y lo implementó.
|
18) Análisis de la factibilidad
y las condiciones de los cambios en los criterios de distribución de los
recursos de Coparticipación Tributaria. 19) Analizar en una comisión técnica
la viabilidad de la transferencia a los Gobiernos Autónomos Departamentales
del dominio tributario del Régimen Agropecuario Unificado (RAU), el Impuesto
al Juego (IJ), el Impuesto de Participación al Juego (IPJ) y los impuestos a
la afectación medioambiental por las actividades hidrocarburíferas, mineras y
de electricidad.
|
En un Estado con Modelo de régimen
desconcentrado y descentralizado apenas
se plantearon "ANÁLISIS DE LA FACTIBILIDAD Y LAS CONDICIONES DE LOS
CAMBIOS EN LOS CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DE COPARTICIPACIÓN
TRIBUTARIA".
|
20) Reducir la condicionalidad
del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), a partir del establecimiento
de una mesa técnica para analizar su factibilidad.
|
Rentismo y clientelismo para los
ETAs desde el nivel central del Estado. ¿Donde quedo la economía mixta? o la diversificación.
|
21) Análisis de la factibilidad
del fortalecimiento de los sistemas de las administraciones tributarias
departamentales y municipales para que presten servicios de recaudación a otros
niveles de gobierno de su jurisdicción.
|
Competencias exclusivas de los
ETAs intervenidos por el nivel central.
|
22) Constituir Fondos con
Directorios intergubernativos (productivos, sociales, compensatorios de
igualdad, creación de empresas), los cuales estén destinados a la CNA/Resolución
N° 009/2017 disminución de brechas de desigualdad y asimetrías territoriales,
el apoyo a las iniciativas productivas y empresas públicas de éstas, entre
otros que se definan; los criterios de distribución de los recursos de estos
fondos deberán ser diferenciados, de acuerdo a las características de los
niveles de gobierno.
|
Competencias exclusivas de los
ETAs intervenidos por el nivel central.
|
23) Promover la creación de
empresas públicas subnacionales y OECAS y OECOMS, a partir de fondos
específicos.
|
¿Novedad?
|
24) Análisis de la factibilidad
del establecimiento de incentivos a la eficiencia tributaria de las entidades
territoriales autónomas.
|
Las ETAs asumidas como
concursantes de recaudación tributaria?
|
25) Análisis de la factibilidad
financiera y legal para la distribución de recursos departamentales a los
Gobiernos Autónomos Municipales y Gobiernos Autónomos Indígena Originario
Campesinos.
|
Acertado planteamiento las
gobernaciones no tienen razones de inversión no funciona la coordinación intergubernamentalita
expresada en normativas.
|
PUNTOS EN DISENSO
|
|
1) Los Gobiernos Autónomos
Departamentales de Santa Cruz y La Paz plantean analizar el hecho que en 10
años las Gobernaciones tienen una disminución de recursos por leyes y decretos
que dificultan el cumplimiento del ejercicio de sus competencias y
atribuciones asignadas en la Constitución Política del Estado y las
transferidas en este periodo. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
no está de acuerdo con el punto, debido a que considera que las entidades
territoriales autónomas cuentan con recursos suficientes.
|
|
2) Se recuperan los disensos
generados en la Etapa 4 – Asignación e Inversión Efectiva, en base a los
documentos generados en la Comisión Técnica del Pacto Fiscal.
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario