A LA OPINIÓN PÚBLICA
Ante los acontecimientos que han ocasionado la “Marcha” que inician los Pueblos Indígenas y Originarios de tierras bajas, apoyados por pueblos de tierras altas, cuestionando la construcción inconsulta del tramo caminero Villa Tunari‐San Ignacio de Moxos, la Comisión de Pueblos Indígenas del Observatorio de Derechos ... Humanos emite el siguiente pronunciamiento:
Solicita respetar el Parque Nacional Isiboro Sécure, que fue creado mediante Decreto Ley 07401 de 22 de noviembre de 1965, considerando la “necesidad de conservar las cuencas hidrográficas, las nacientes de los ríos para la navegación, la riqueza de los recursos naturales y la belleza escénica”, además de constituirse en un patrimonio de vida no solo de la región sino de los seres vivos del planeta.
Insta a no transgredir la Constitución Política del Estado ni el Decreto Supremo Nº 22610 del 24 de septiembre de 1990 que reconoce al TIPNIS como territorio de los pueblos Mojeño, Yuracaré y Chimán, considerándolo Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure.
Brinda apoyo solidario a los y las representantes de pueblos indígenas que valerosamente participan de la “Marcha” por el respeto a la consulta previa y todos los derechos indígenas originarios campesinos reconocidos en la Constitución Política del Estado, el Convenio 169 de la OIT ratificado por ley Nº 1257 del 11 de julio de 1991 y la Declaración de las Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos Indígenas elevada a rango de ley nacional Nº 3760 el 07 de noviembre de 2007.
Espera que a la brevedad posible se encuentren las vías necesarias para la generación de un necesario escenario de diálogo sincero en que las partes se desenvuelvan con transparencia y desprendimiento.
Llama a los actores de ambas partes a buscar las mejores vías de transformación y resolución del conflicto, basados en las premisas de mantenimiento de la paz social y búsqueda de salidas alternativas.
Demanda que las definiciones a las que se arriben estén enmarcadas en el respeto y protección de los derechos medioambientales y derechos de los pueblos indígenas originarios.
Informa a la opinión pública que el Observatorio de Derechos Humanos, seguirá vigilante de los acontecimientos que sucedan, velando una pronta salida que garantice el respeto a los derechos de quienes habitan la zona en cuestión y de todos(as) los bolivianos(as).
Sucre, 16 de agosto de 2011
P.D. En calidad de miembros del observatorio de Derechos Humanos de Chuquisaca, y como interactores con los pUEBLOS Indígenas Originarios Campesinos (PIOC). Al margen de las deciones políticas, o intereses de mutinacionales, consideramos que no se puede como dice el dicho "lo que escribiste con la mano, borralo con el codo", no se puede vulnerar derechos humanos, derechos indígenas, plasmadas en Leyes, en nuestro país.
Nos precoupa tremendamente que se fracmenten uno de los pocos ecositemas PRIMARIOS, que quedan en Bolivia... no es admisible que Leyes pueden proteger, posterior a la contrucción de la carrera, la dinámica de un ecositema al ser vulnerado, se extingen muchas especies que no se adecuan a los cambios bruscos.
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